The decision for choosing the best infrastructure service delivery option may be jeopardize if the bidding process following that decision is tinted of unfairness. The absence of a level playing field, the flawless of regulation that protect the Government from rent seeking direct negotiations, or anticompetitive and collusive behaviors may put at risk the value of the option chosen. A variation of the result of a fair bidding process through subsequent unfair redistribution of value via invaluable renegotiations or additional works, may reduce too ultimate outcome of allocative efficiency.
Yet the value of the decision making, bidding, and contract management process
Value for money [Brazil: Lei 11.079, Art. 10] Public-private partnerships shall be procured by competitive tendering. The opening of the tendering process requires: I - authorization by the public authority, based on a technical study that shall demonstrate: a) the convenience and appropriateness of contracting a public-private partnership, by identifying the reasons that justify the choice of a partnership model; [Mexico: Acuerdo Secretaria de Hacienda Diario Oficial 9 Abril 2004] 4. Para ser considerados como tales, los proyectos para prestación de servicios deben cumplir con lo siguiente: II. Los servicios que se presten a la dependencia o entidad contratante deberán permitir a ésta dar un mejor cumplimiento a los objetivos institucionales que la misma tiene asignados conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables y en el Plan Nacional de Desarrollo 7. La Secretaría, al emitir las autorizaciones a que se refiere el numeral anterior, determinará si el proyecto para prestación de servicios es una forma conveniente para contar con los servicios requeridos por la dependencia o entidad que solicitó dichas autorizaciones, con base en la revisión del estudio de costo y beneficio respectivo y el impacto en las finanzas públicas de las obligaciones de pago que pretendan establecerse en el contrato de servicios de largo plazo correspondiente. 15. Las dependencias y entidades deberán realizar el análisis costo y beneficio de los proyectos para prestación de servicios conforme a los lineamientos que al efecto emita la Unidad de Inversiones, con el fin de establecer que el proyecto genera beneficios netos positivos bajo supuestos razonables. En el análisis costo y beneficio se deberá mostrar si el proyecto para prestación de servicios genera beneficios netos iguales o mayores a los que se obtendrían en caso de que los servicios fueran proporcionados mediante la realización de un proyecto de inversión presupuestaria. [Peru - Decreto Legislativo n. 1012, Art. 8] Es de responsabilidad de las entidades públicas realizar un análisis costo-beneficio, a fin de determinar si la participación privada en la provisión de la infraestructura pública o del servicio público implica un mayor beneficio neto para la sociedad respecto a si éstos fuesen proveídos por el Estado a través de una obra pública. |